Cuando el Estado paraguayo prioriza inversiones antes que vidas humanas: el caso “Faro Moro” (Tamucode)

En julio de 2024, líderes y lideresas de las organizaciones Ayoreo (UNAP, AGAP, AGDAP) se reunieron con el Procurador General de la República en el Congreso Nacional. Habían viajado desde el Chaco para pedir una sola cosa: que se detenga el desmonte en la estancia Faro Moro, porque allí viven sus hermanos en aislamiento y las máquinas los están empujando al contacto forzoso, a las enfermedades, a la muerte.

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La respuesta del Procurador, según el informe «Urge detener un genocidio en el Chaco paraguayo» de CODEHUPY, fue expresar «mayor preocupación por las inversiones millonarias en la zona que por el hecho de que vidas humanas corran peligro».

Este no es un hecho menor. El Procurador General es el representante legal del Estado paraguayo. Su declaración revela una preocupante jerarquía de valores institucionales: el capital privado prevalece sobre las vidas humanas.

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Sin embargo, la Constitución Nacional del Paraguay (Artículo 4) establece que «el derecho a la vida es inherente a la persona humana» y su protección es garantizada por el Estado. El Convenio 169 de la OIT, ratificado por Paraguay, reconoce el derecho de los pueblos indígenas a sus territorios. La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas prohíbe su remoción sin su consentimiento.

Esperamos que el Estado paraguayo, sus instituciones y sus funcionarios revisen esta jerarquía. Antes de que sea demasiado tarde para los últimos Ayoreo en aislamiento en el Gran Chaco.

¿Y vos, qué harías si la vida de tu familia estuviera en peligro y un alto funcionario te dijera que los intereses de una empresa valen más que tu familia?