Los derechos vigentes de vida y de autodeterminación, así como los derechos referentes al hábitat/ territorio de los grupos aislados o silvícolas están consagrados, entre otros, en las siguientes normativas:
- Constitución Nacional
- Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) / Ley Nacional 234/93
- Ley 904/81 Estatuto de Comunidades Indígenas
- Declaración de la Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
- Directrices de Protección para los pueblos indígenas en aislamiento voluntario y en contacto inicial de la región amazónica y el Gran Chaco (Naciones Unidas – Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos / en elaboración)
- Resoluciones y Recomendaciones de Conferencias Internacionales (Conferencias de las Partes de Convenios Internacionales; Congreso Mundial de la UICN, etc.)
- Declaración de Quito (CIPIACI)
Realizada en el marco de la Reunión Internacional “Hacia el planteamiento de políticas públicas y planes de acción para garantizar el derecho a la salud de los pueblos en aislamiento y contacto inicial de la Amazonía, el Gran Chaco y la Región Oriental del Paraguay( CIPIACI)” auspiciado por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. - Declaración de Asunción (CIPIACI)
Recomendaciones presentadas por CIPIACI ante el Foro Permanente de las Naciones Unidas. - Resolución CGR.REC026 de la UICN
Sobre la Reserva de la Biósfera en el Chaco y los pueblos indígenas - Resolución CGR3.RES082 de la UICN
Sobre los pueblos indígenas viviendo en aislamiento voluntario y la conservación de la naturaleza en las regiones del Amazonas y el Chaco - Directrices de Protección para los Pueblos Indígenas en Aislamiento y en Contacto Inicial de la Región Amazónica, el Gran Chaco y la Región Oriental de Paraguay
Resultado de las consultas realizadas por ACNUDH en la región: Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú y Venezuela
- Declaración de Quito (CIPIACI)